Cancelación de Hipoteca - protocolo
Descripción:
Requisitos para revisión de protocolos / visto bueno (Cancelación de hipotecas)
Costo:
Según sea el caso
Formulario:
Favor descargar documento en el área de requisitos
Dependencia encargada:
Unidad de Gestión de Servicios / Notariado Institucional
Duración de la resolución:
Inmediato / Según sea el caso
Horario:
Para visto bueno únicamente miércoles de: 8:00 am a 11:30 am y de 13:00 a 14:45 pm, en el Primer Piso Edificio Jutsini. La firma se realizará, en el horario de 8:00 am a 12:00 md y de 13:30 a 15:00, sita Gerencia General (Subgerencia General), quinto (5°) piso. Edificio Jutsini. Recuerde que debe de solicitar cita previa.
Vigencia:
NA
Requisitos:
- Copia del Protocolo (de la matriz) o copia del primer testimonio.
- Constancia de cancelación (original y una copia), emitida por la Unidad de Finanzas – Cobros, ubicada en el primero piso del edificio Jutsini, Consultas al 4037-6300, Raquel López, o al correo electrónico: rlopez@invu.go.cr. Esta constancia podrá ser requerida por medio de correo electrónico (según procedimiento establecido), a fin de que la misma sea emitida de manera digital, documento adjunto.
- Certificación literal del Informe Registral expedido por el Registro Nacional, ya sea certificación expedida por dicha Entidad de manera física o digital. Si el inmueble se encuentra inscrito en derechos, debe aportarse uno por cada derecho. Si el informe registral obedece a la impresión de la consulta gratuita en la página web del Registro Nacional, deberá venir certificado por el Notario con los requisitos de Ley, en caso de que la hipoteca se encuentre en tomos, se requiere Certificación Literal.
Recuerde:
- Para más información de personería, horarios, correos electrónicos y otros favor descargar aquí el documento.
- Ante eventos especiales los horarios de atención podrían cambiar, por favor esté atento a nuestros canales oficiales de comunicación: Facebook: Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo - INVU / Twitter: INVU_CostaRica
Fundamento legal:
Se recuerda, de conformidad con el Art. 11 de los lineamientos para el ejercicio y control del Servicio Notarial, los caracteres con los que se imprima el texto, deben ser como mínimo del tamaño diez y se sugiere utilizar tipo de letra Arial, Times New Roman o Calibri.