Entrega de cheques

Descripción:

Cuando el cliente tiene que retirar un cheque emitido por el INVU

Costo:

N/A

Formulario:

Cheque

Dependencia encargada:

Unidad de Finanzas-Tesorería.

Duración de resolución:

N/A

Horario:

Lunes a viernes de 8:15am a 3:30pm

Vigencia:

N/A

Requisitos:

  1. La persona cliente debe apersonarse a la Unidad de Finanzas - área de tesorería, con la cédula de identidad vigente y en buen estado.
  2. Retiro por terceras personas:
  • Copia de la cédula de identidad vigente de la persona que autoriza.
  • Original de la cédula de identidad vigente del autorizado
  • Pasaporte o cédula de residencia, vigente. Únicamente en el caso de extranjeros.
  • Carta de autorización autenticada por un notario (según la Dirección Nacional de Notariado en su Reglamento Art.22 y 33, aprobado en la Sesión N°6, del 13 de marzo del 2013 y publicada en La Gaceta N°97, Alcance N°93 del 22 de mayo del 2013), la cual debe incluir los timbres y el sello del notario (tinta o agua) e indicar la fecha de vigencia.
  • Personas jurídicas:
    • Representante legal:
      • Cédula de identidad vigente.
      • Personería Jurídica con un máximo de tres meses de haber sido emitida, original la primera vez y copia las siguientes veces. Si lo que presentan es una Certificación Notarial de la Personería Jurídica tiene una vigencia de un mes.
      • Emitir recibo formal por cada cheque retirado (en caso de proveedores solamente).
    • Retiro por terceras personas:
      • Personería Jurídica con un máximo de tres meses de haber sido emitida, original la primera vez y copia las siguientes veces. Si lo que presentan es una Certificación Notarial de la Personería Jurídica tiene una vigencia de un mes.
      • Fotocopia de la cédula jurídica.
      • Fotocopia de la cédula de identidad del apoderado general.
      • Original y copia de la cédula de identidad de (los) autorizado (s) para retirar cheques.
      • Carta de autorización firmada por el representante legal, autenticado por un notario (según la Dirección Nacional de Notariado, aprobada en la Sesión N°6, del 13 de marzo del 2013 y publicada en La Gaceta N°97 del 22 de mayo del 2013), la cual debe incluir los timbres y el sello del notario (tinta o agua) e indicar la fecha de vigencia.
      • Emitir un recibo formal por cada cheque retirado (en caso de proveedores solamente).

Recuerde que ante eventos especiales los horarios de atención podrían cambiar, por favor esté atento a nuestros canales oficiales de comunicación: Facebook: Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo - INVU / Twitter: INVU_CostaRica

Fundamento legal

N/A