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Reglamento de Renovación Urbana
El INVU en cumplimiento de su Ley Orgánica N°1788 y de la Ley de Planificación Urbana N°4240, editó de manera inédita el Reglamento de Renovación Urbana, publicado el 01° de junio; el cual planea, agiliza y aumenta la intervención en las ciudades, por parte de las Municipalidades y ciudadanía.
Este Reglamento tiene como objetivo complementar las herramientas establecidas en la Ley de Planificación Urbana y fijar las normas que deberán adoptarse, pretende conservar las áreas urbanas, prevenir su deterioro, rehabilitar las áreas urbanas disfuncionales, o la erradicación de tugurios en los términos establecidos en su respectivo Plan Proyecto; así como reactivar la economía de los diferentes distritos o cantones, a través del mejoramiento de espacios comunes como parques, centros recreativos, edificios representativos, generación y vinculación de sectores productivos, la creación de mecanismos para dotar de vivienda a zonas vulnerables, entre otros.
Este se aplicará en cantones cuyos Gobiernos Locales no hayan promulgado sus propias disposiciones locales en materia de renovación urbana, por tanto, este instrumento no pretende sustituir las competencias de las Municipalidades en la determinación de zonas de renovación urbana dentro de sus planes reguladores. Por el contrario, lo que se busca es facilitarles la posibilidad de intervenir espacios concretos que se encuentren deteriorados, defectuosos o en decadencia a través de regulaciones.
Las Municipalidades podrán realizar cualquiera de los objetivos expuestos, a través del Plan Proyecto de Renovación Urbana el cual se plantea con base a lo estipulado en el Reglamento de Renovación Urbana, definido como:
“Propuesta preliminar de intervención para una determinada área urbana, que contiene todos los elementos requeridos para ejecutar el Proyecto de Renovación, entre ellos: políticas, pautas y lineamientos”.
Plan Proyecto Renovación Urbana
Este Plan Proyecto tiene como objetivo, la rehabilitación, regeneración, remodelación o conservación de las áreas urbanas con el fin de mejorar la calidad de vida urbana a través del aprovechamiento de los predios y edificaciones existentes, habilitación de usos de suelo mixtos, mejoramiento del espacio público y la protección ambiental.
Serán causas para realizar renovación urbana la presencia en un área específica de:
- Riesgo por amenazas naturales
- Deficiente o inexistente infraestructura
- Deficientes o inexistentes áreas de parques y facilidades comunales
- Protección ambiental de recursos naturales
- Presencia de asentamientos informales
- Presencia de asentamientos irregulares o estructuras inhabitables
- Presencia de patrimonio arquitectónico o intangible
- Inadecuado tejido urbano
- Revitalización urbana
El Gobierno Municipal podrá emitir un mapa de zonas con potencial de renovación urbana en el cantón, para ello, deberá identificar, localizar y geo-referenciar las áreas con potencial de renovación urbana.
Además, la Municipalidad puede emitir su propio Reglamento de Renovación Urbana Cantonal, que formará parte del Plan Regulador; para lo cual deberá definir las respectivas áreas denominadas Áreas con Potencial de Renovación Urbana, así como respetar lo dispuestos en el capítulo VI de Renovación Urbana de la Ley de Planificación Urbana.
Actualmente el INVU trabaja en dos Regiones: